Parte de las gestiones necesarias para hacer que una compañía nueva esté en regla es realizar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Pero también resulta necesario saber cuándo se debe hacer el trámite, de acuerdo a lo estipulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT, por sus siglas). Este aspecto es tan importante como lo es conocer cómo sacar el RFC de una empresa y las dos modalidades que hay disponibles hasta la fecha.
Por otra parte, la entidad fiscal mexicana establece además quienes son los encargados de realizar este proceso. Cabe recordar que el procedimiento responde a las normativas vigentes en nuestro país. Las bases legales correspondiente y las personas morales (empresas) que deben contar con RFC son algunos de los aspectos que en este post se explican para ayudar a que los contribuyentes estén bien informados.
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¿Qué tipo de firmas deben tener un RFC de empresa, según el SAT?
En la normativa legal vigente en México se establece que es obligatorio para las personas morales estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). No obstante, cabe preguntarse cuáles son las compañías que, según su rubro, deben cumplir con esa ley. A continuación se listan, en orden alfabético, quiénes deben tener un RFC de empresa de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria.
- Asociaciones civiles
- Asociaciones religiosas
- Partidos políticos
- Sindicatos
- Sociedades anónimas
- Sociedades civiles
- Sociedades cooperativas
- Sociedades de producción rural
- Sociedades de responsabilidad limitada
Si bien estas son las principales categorías, también se incluyen otras, como empresas exportadoras de servicios de convenciones y exposiciones. Al completar el registro, la entidad federal mexicana hace la entrega de la Cédula de identificación fiscal correspondiente.
¿Por qué es obligatorio tramitar este documento?
Es importante tener en cuenta que tramitar el RFC de una empresa no es un hecho optativo ni tampoco arbitrario. Constituye una obligación de las compañías y asociaciones. Así se encuentra establecido en las siguientes normativas legales mexicanas, que actualmente están vigentes.
- Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23, 24, 25, 27 y 28.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.5., 2.4.12., 2.4.13., 2.4.14., 2.4.15.
De la misma forma y para mayor comodidad de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT, por sus siglas) dispuso dos métodos para hacerlo. Uno es de manera presencial en una de las oficinas de la entidad fiscal y la otra es en línea, a través de su página web oficial.
5 pasos para obtener el RFC de una empresa con una preinscripción vía internet
Hay un aspecto fundamental que se debe tener en cuenta antes de sacar el RFC de una empresas y es que el proceso debe hacerlo el representante legal de la compañía. Además, la persona debe estar a su vez inscrita en el RFC, al igual que el resto de los accionistas , socios o asociados. Posteriormente, se deben llevar a cabo los siguientes pasos para realizar la preinscripción en línea de la persona moral ante el Servicio de Administración Tributaria.
- Ingresar a la página web oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Cliquear sobre la pestaña de Empresas.
- Ubicar la sección Trámites del RFC y en el menú desplegable selecciona la opción Inscribe tu empresa en el RFC.
- Completar toda la información requerida en el formulario.
- Imprimir el comprobante, denominado acuse de preinscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
La gestión se concluye en las oficinas del SAT. Una vez que se haya completado el proceso, sería conveniente tramitar la Firma Electrónica (FIEL). De esta manera, la persona moral estará habilitada para generar un Certificado de Sello Digital, también conocido como CSD, por sus siglas. Ambos son indispensables para emitir facturas electrónicas.
¿Cuándo debo realizar esta gestión ante el SAT?
Dentro de las leyes fiscales vigentes en México también se establecen los plazos para que una persona moral (empresa, asociación, etc) tramite el RFC. “Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias, por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen”, señala el SAT en su web.